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Los docentes de la provincia no tendrán que inscribirse para recibir la vacunación

La Dirección General de Escuelas comunicó esta noche que los docentes de la provincia no tendrán que inscribirse para recibir la vacunación contra la COVID-19.

El Ministerio de Educación junto con el Ministerio de Salud y la Secretaría de Innovación Pública había anunciaron este jueves por la tarde del comienzo del registro online del personal de establecimientos educativos para organizar el proceso de vacunación en todo el territorio nacional.

El personal de establecimientos educativos de todo el país será inoculado con las vacunas chinas Sinopharm, que llegarán esta noche. Se trata de 904.000 dosis que ni bien pisen territorio nacional, serán distribuidas a las provincias.

Desde la Dirección General de Escuelas (DGE) de Mendoza indicaron en la tarde de este jueves a Sitio Andino que ya habían pasado la nómina de todos los trabajadores de la educación mendocinos a las autoridades sanitarias nacionales y provinciales y resaltaron que por el momento no tienen la directiva de que los docentes mendocinos se tengan que inscribir.

Registrarse no implicaba solicitar un turno ni una reserva para aplicarse la vacuna. Una vez que las dosis estén disponibles y el cronograma de vacunación esté confirmado, las personas inscriptas recibirán una notificación de las autoridades de su jurisdicción.

De acuerdo a los registros del último censo 2014 y datos 2019, la cantidad de personas que trabajan en establecimientos educativos en todo el país (en funciones con y sin designación docente) asciende a 1.458.084. Este total incluye al personal de todos los niveles y modalidades educativas, supervisores, personal de institutos del nivel superior y del sistema universitario.

Las cifras se desagregarán según jurisdicción con el objetivo de programar la logística federal de distribución de las vacunas contra el Covid-19. A su vez, al interior de las jurisdicciones se estimó la cantidad de personal a vacunar en cada uno de los grupos de prioridad establecidos por resolución del Consejo Federal de Educación nro. 386/2021:

Grupo 1. i) Personal de dirección y gestión; ii) personal de supervisión e inspección; iii) docentes frente a alumnos y alumnas de Nivel Inicial (incluye ciclo maternal), Nivel Primario, primer ciclo (1°, 2° y 3° grado) y de Educación Especial.

Grupo 2. i) Personal de apoyo a la enseñanza; ii) todo otro personal sin designación docente pero que trabaja en establecimientos educativos de la educación obligatoria en distintas áreas y servicios

Grupo 3. Docentes frente a alumnos y alumnas de Nivel Primario, segundo ciclo (4° a 6°/7°).

Grupo 4. Docentes frente a alumnos y alumnas de Nivel Secundario, de Educación Permanente para Jóvenes y Adultos en todos sus niveles e instructores de formación profesional

Grupo 5. Docentes y no docentes de institutos de educación superior y universidades

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