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Nuevas habilitaciones del distanciamiento social en Mendoza

Se publicó en el Boletín Oficial el Decreto 1650 a través del cual el Gobierno de Mendoza dispuso nuevas habilitaciones en la provincia en el marco del Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio.

Desde este día se dejó sin efecto la restricción a la circulación de personas en todo el territorio mendocino y se establece que los horarios correspondientes a cada actividad, serán fijados por los propios interesados conforme con las disposiciones municipales y normativa vigente en la materia.

Por otro lado, se habilita en la provincia la realización de reuniones sociales y eventos bajo las siguientes condiciones:

Deben realizarse en espacios habilitados al aire libre:

La cantidad de asistentes estará determinada a razón de una (1) persona por cada 1,00 mt2 (un metro cuadrado) de superficie, y hasta un máximo de doscientas cincuenta (250) personas;
Aquellos lugares habilitados a la fecha que no cuenten con espacio al aire libre, podrán funcionar bajo la modalidad de restaurante, en las condiciones establecidas para tal rubro;
No podrán ubicarse más de seis (6) personas por mesa y se deberá respetar la distancia de dos (2) metros entre cada mesa;
Deberán respetarse las normas vigentes sobre distanciamiento social, higiene y utilización de cubreboca;
Para la organización de cualquier tipo de evento no contemplado en la presente norma, deberá obtenerse la previa aprobación de la Subdirección de Control de Eventos y Locales de Esparcimiento, dependiente del Ministerio de Seguridad.
En tanto, se autoriza la utilización del Servicio Público de Pasajeros por parte de las personas afectadas a cualquier actividad habilitada en el ámbito provincial y se ordena a la Secretaría de Servicios Públicos a ajustar las frecuencias del transporte público de pasajeros de acuerdo con las condiciones estipuladas en este decreto.

Por otra parte, el decreto establece que hasta el 30 de junio de 2021, no se labrarán actas de infracción respecto de las licencias de conducir cuyo vencimiento haya operado desde el 1 de marzo de 2020.

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