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Arrestos y multas: Así serían las nuevas sanciones a conductores ebrios

Las infracciones llegarán a los $108.000 y podría retenerse la licencia hasta un año. Se aplica de acuerdo a los niveles de alcohol hallado.

El gobernador Alfredo Cornejo presentó el proyecto que modificará la Ley de Tránsito y permitirá endurecer las sanciones a los conductores alcoholizados, según informó el Diario Los Andes.

La iniciativa, que ya ingresó a la Cámara de Diputados, tiene el objetivo de generar conciencia en los ciudadanos y de esta manera prevenir los accidentes.

Además de modificar la ley, Cornejo detalló que el proyecto busca cambiar el Código de Faltas sin “alterar el espíritu de las normativas”. Explicó que “básicamente el concepto del proyecto es el endurecimiento de penas para quienes conducen en condiciones de ebriedad. Son sanciones prácticas a los efectos de crear conciencia acerca de que no se debe manejar un vehículo en estado de ebriedad”.

El mandatario indicó que “paralelamente a ello hay desafíos de gestión tecnológicos, como incorporar cada vez más tecnología a los efectos no solo punitivos y mucho menos de recaudación sino a los efectos de crear cultura, conductas de previsibilidad y por supuesto de no imprudencia a la hora de manejar. En ese sentido vamos avanzando. Hay tolerancia cero para todos los que transportan pasajeros”.

De esta manera, Cornejo señaló que Mendoza se encuentra abocada a “la prevención. En estos tres años y meses hemos avanzado en la tarea, pero seguimos sufriendo muertes en los accidentes de tránsito. En un 70% los siniestros son generados por la imprudencia del conductor, mientras que el 30% se produce por fallas técnicas de los vehículos y por problemas de infraestructura vial. Por ello hemos hecho grandes inversiones en materia de infraestructura”.

Arresto y multas de hasta $108.000

Más de 500 mg y hasta un gramo de alcohol por litro en sangre:
La sanción para aquel conductor que arroje más de 500 miligramos y hasta 1 gramo de alcohol en sangre, será de una multa que va desde 3.000 Unidades Fijas (UF) hasta 6.000 UF, a la fecha $36.000 a $ 72.000, además de la retención del vehículo y de la licencia de conducir, también será pasible de la inhabilitación por hasta 180 días para manejar.

Encontrada una persona al volante con esa medición, el procedimiento pasa de vial a contravencional. Es decir, comienza para el conductor un proceso con intervención judicial, el que no podrá eludir y que no consiste solamente en abonar una liviana multa.

Más de un gramo de alcohol:

El que conduzca con un gramo o más de alcohol, tendrá un juicio donde arriesgará las siguientes penas: multa de 4.000 a 9.000 Unidades Fijas ($12 la UF), a la fecha $48.000 a $108.000, o arresto, el que será de hasta 30 días y la inhabilitación para conducir vehículos desde 90 a 365 días.

Ebriedad en la vía pública

Otra modificación al Código de Contravenciones se propone para el artículo 95°, que hace referencia al estado de ebriedad.

Establecerá al respecto que “el que en lugar público o abierto al público se hallare en estado de manifiesta embriaguez, será sancionado con multa desde 200 U. hasta 400 UF (hasta $4.800) o arresto de 2 días hasta 4 días y obligación de asistir a cursos de tratamiento de adicción.
La sanción será aumentada al doble si el infractor ocasionare molestias a los transeúntes.

Retención de vehículo

Se incorpora como artículo 99 bis que “en los casos del inciso 7 del artículo 52 de la presente ley no será restituido el vehículo a su propietario o legítimo usuario hasta que no haya cumplido con la sanción correspondiente. La reglamentación establecerá lo relativo a la guarda y traslado de los vehículos».

Fuente: Diario Los Andes
Imagen Ilustrativa

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