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Así es el nuevo protocolo para trabajadores golondrina en Mendoza

Desde hoy está vigente el nuevo protocolo de «ingreso, permanencia y egreso» para cuadrillas de labores agrícolas de trabajadores migrantes o golondrina en Mendoza. Se trata de un ajuste decidido por el Gobierno mendocino respecto a una resolución de noviembre, en función del cambio de status sanitario en la provincia de ASPO (Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio) a DISPO (Distanciamiento).

Por eso, a través de la Resolución 132, firmado por los ministros de Gobierno, Víctor Ibáñez, de Salud, Ana Nadal, y de Economía, Enrique Vaquié, se fijaron nuevas condiciones. Y por esa vía, quedó sin efecto la 115, emitida hace un mes para formalizar la primera versión del protocolo de trabajo, todavía bajo los parámetros y exigencias del aislamiento.

Así, el nuevo «Protocolo de ingreso, permanencia y egreso de trabajadores migrantes para actividades agrícolas o agroindustriales», fija una serie de pasos a cumplir, tanto para los trabajadores que lleguen a Mendoza, como al servicio de transporte y la empresa contratante.

Las exigencias son las siguientes:

A. REQUISITOS

1. Distanciamiento social,

2. Higiene de manos,

3. Higiene de la tos (toser o estornudar en el pliegue del codo)

4. Uso adecuado de tapabocas (debe cubrir nariz, boca y mentón).

Se deberá cumplir con la totalidad de los requisitos establecidos en la Resolución N° 246 de fecha 31 de octubre de 2020 del Ministerio de Transporte de la Nación o la que en el futuro la reemplace. Junto con ello deberá acompañar al momento del ingreso una Declaración jurada de cada uno los trabajadores que ingresen al Territorio de la Provincia de Mendoza.

Politica Cosecha Agro

B. RESPONSABILIDADES

La empresa o persona humana solicitante del traslado será responsable del ingreso, permanencia y regreso de personal declarado, conforme a la nómina acompañada mediante declaración jurada. (DECLARACION JURADA DE EMPRESA O PERSONA HUMANA QUE SOLICITA EL TRANSPORTE)

El Ministerio de Seguridad de la Provincia de Mendoza será el encargado de la recepción de la documentación y verificación de los requisitos en los puntos de ingreso al territorio Provincial.

C. PROTOCOLOS APLICABLES Y RECOMENDACIONES

Los trabajadores y empleadores deberán en todo momento respetar y cumplir el presente protocolo junto con los siguientes:

«Protocolo para evitar y/o disminuir la transmisión de Covid-19 en actividades agrícolas y/o agroindustriales»: https://boe.mendoza.gov.ar/publico/pdf_pedido/0ae193c1adceaa3e41bda10600b0192973cbf02231

Recomendaciones en la página del Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes:

https://www.mendoza.gov.ar/salud/wp-content/uploads/sites/7/2020/03/coronavirus-Lineamientos-para-cosecha-establ.-industriales-galpones-o-bodega.pdf

Se cumplirán las recomendaciones de manejo de casos positivos o sospechosos del Ministerio De Salud, Desarrollo Social y Deportes de la Provincia de Mendoza:

Recomendaciones para el Equipo de Salud

D. CONTROL DE PRESENCIA DE SÍNTOMAS

La empresa o persona humana solicitante del traslado deberá hacer cumplir las disposiciones del presente protocolo y demás normas vigentes. En el caso de que alguna persona presente síntomas, se dará aviso al servicio médico de la obra social que corresponda y/o ART y al Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes de la Provincia para proceder al control de brote. Recordar que la sospecha de COVID 19 se encuadra en el Régimen de Enfermedades de Notificación Obligatoria Ley 15.465 y el hecho de ocultar casos sospechosos y/o confirmados a sabiendas es penado por Ley.

Ante estos casos el responsable del ingreso, permanencia y egreso del personal afectado deberá tener asignado un lugar separado que ocupará para las personas con síntomas compatibles o con casos de COVID 19 confirmados, que estará separado del resto de los trabajadores y donde se atenderá a los trabajadores ante la presencia de los primeros síntomas.

Estas SALAS DE AISLAMIENTO deberán disponer de baño privado y camas separadas por más de 2 (dos) metros. Asimismo, para evitar que las personas queden impedidas de su egreso desde la Provincia de Mendoza, la empresa o persona humana solicitante del traslado DEBE PRESENTAR EL PASAJE DE REGRESO DE CADA TRABAJADOR al ingresar.

En caso de que los trabajadores se encuentren impedidos del retorno a sus Provincias, por razones de caso fortuito o fuerza mayor, la empresa o persona humana solicitante del traslado deberá alojarlos en lugares definidos, hasta que cese la causa del impedimento.

E. FORMULARIO DDJJ PARA EMPRESAS O PERSONAS HUMANAS QUE SOLICITAN EL TRASLADO

Nombre o Razón Social:
Domicilio o Domicilio Social:
CUIT o DNI:
Actividad que realiza:
Nómina de Trabajadores y DNI:
Lugar de Destino de los trabajadores:
Lugar de Permanencia de los trabajadores:
Fecha de Regreso de los trabajadores:
Cobertura Obra Social:
Datos de la ART o empresa aseguradora:
Datos de la empresa transportista habilitada para realizar servicios de transporte automotor en jurisdicción nacional:
Declaro que las personas que están siendo trasladadas son trabajadores esenciales y realizan actividades para la empresa.
Declaro conocer y hacer cumplir el protocolo «Para evitar y/o disminuir la transmisión de COVID-19 en actividades agrícolas y/o Agroindustriales» vigente en la Provincia de Mendoza.Declaro hacerme responsable del cumplimiento del protocolo «Para evitar y/o disminuir la transmisión de COVID-19 en actividades agrícolas y/o Agroindustriales» y «Protocolo de ingreso de trabajadores migrantes
para actividades agrícolas o agroindustriales», durante el ingreso, permanencia y egreso de los trabajadores.
Declaro que los datos consignados en este formulario son correctos y completos y que he confeccionado esta declaración, sin falsear ni omitir dato alguno, siendo fiel expresión de la verdad.
Declaro conocer las penalidades establecidas en la legislación vigente para el caso de falsedad de la presente

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