Serán válidas las notas obtenidas durante las clases no presenciales
La DGE publicó resoluciones que disponen que las calificaciones obtenidas durante las clases no presenciales sirvan como acreditación, lo cual se hará de manera anual. Quienes hayan tenido dificultades seguirán en proceso. Los detalles.
Finalmente, las notas que los alumnos hayan obtenido durante este ciclo lectivo en clases no presenciales serán tomadas como acreditación de saberes para la libreta y se hará de forma anual.
Esto será así para estudiantes de primaria y secundaria que hayan logrado una buena respuesta. En tanto, quienes hayan tenido trayectorias interrumpidas o dificultades continuarán en proceso, ya que se busca no perjudicar a ningún alumno y tomar en cuenta el contexto individual de aprendizaje.
Las Resoluciones 1813 de Nivel Primario y 1816 de Nivel Secundario fueron publicadas hoy por la Dirección General de Escuelas (DGE) en el Boletín Oficial.
En ellas, se prorroga la vigencia de la resolución Nº 804 que en mayo dispuso una medida excepcional, en el marco del aislamiento social, preventivo y obligatorio. Allí se determinaba la suspensión temporal de la acreditación del primer trimestre y del primer cuatrimestre de la escolaridad obligatoria del nivel Primario y Secundario, tanto de gestión estatal como privada. La nueva disposición deja claro que ésta será anual.
Acreditación
Como se dispuso en aquella normativa, se tomarán en cuenta los aprendizajes prioritarios de cada espacio curricular y será esto lo que se acreditará.
Deberá atenderse el nivel de logro y la trayectoria individual de cada estudiante y las calificaciones se cargarán en el sistema GEM.
Cada Institución Educativa deberá establecer sus acuerdos institucionales para determinar modalidad, dispositivos y formas de acreditación.
En primaria y Educación Especial deberá contarse como mínimo con una nota mensual del proceso que evidencie la trayectoria de cada uno de los alumnos.
Estudiantes con dificultades
Las resoluciones disponen para los dos niveles que los estudiantes que evidencian una Trayectoria Educativa Individual interrumpida o débil, se mantendrán “en proceso” hasta que alcancen el nivel de logros esperados.
Esto ya había sido considerado en la resolución anterior en la que sólo se incorporaban al GEM las notas superiores a 7 y quedaban con casillero en blanco quienes no las hubiesen podido alcanzar. Estos alumnos, recibían una devolución periódica de su desempeño que además permitía hacer un seguimiento y generar acciones de acompañamiento.
“Ningún estudiante que curse como alumno regular (en el Nivel Primario o Secundario), podrá verse perjudicado por las dificultades derivadas de la situación contextual de pandemia”, destacan las autoridades.
Por ello, cada institución deberá Implementar un “Plan de intensificación y recuperación de las trayectorias escolares individuales interrumpidas o de baja intensidad” por el contexto de COVID19, en concordancia con el Programa “Red de Apoyo a las Trayectorias Escolares”.
“Dicho plan deberá comprender la reorganización de las propuestas de enseñanza y evaluación a fin de favorecer el contacto y seguimiento de los estudiantes, no solo en la virtualidad sino contemplando recorridos por hogares, asistencia a las escuelas para la entrega y devolución de materiales y/o acompañamiento escolar, atendiendo a los protocolos sanitarios. Los acuerdos institucionales logrados, deberán ser consensuados con Supervisión”, se detalla.
“Los estudiantes con trayectoria interrumpida o de baja intensidad deberán ir generando evidencias que vayan demostrando sus aprendizajes”, detalló la directora de Educación Primaria, Elena Castro.
“Los estudiantes que no obtienen el nivel de logro esperado se mantendrán en proceso hasta que lo puedan lograr. Cada escuela deberá acordar la determinación de la modalidad, dispositivos y forma de acreditación, como también implementar un plan de intensificación y recuperación de aquellos estudiantes con trayectorias débiles o interrumpidas”, remarcó Emilio Moreno, director de Educación Secundaria.
Castro dijo que las resoluciones fueron trabajadas en conjunto con supervisores y directores del nivel y también con los documentos propuestos por el Consejo Federal de Educación. “La resolución tiene un fuerte carácter formativo y de retroalimentación para la evaluación, teniendo en cuenta todas las particularidades de las diferentes realidades vividas por los estudiantes, docentes y las escuelas.
Contexto
Como ha ocurrido desde la resolución 804, se tomarán en cuenta los condicionantes individuales y el contexto de cada uno.
Así, se determina que cada escuela tenga autonomía para la elaboración de criterios institucionales de acreditación, en concordancia con las siguientes recomendaciones:
a. Que los aprendizajes alcanzados sean ponderados exclusivamente, en relación al nivel de logro según los aprendizajes prioritarios.
b. Que los contextos y condiciones en los que los aprendizajes han tenido lugar durante este período, han sido sumamente heterogéneos y desiguales, por lo que es indispensable considerarlos en relación con la situación individual de cada estudiante. Es fundamental que los procesos de aprendizaje no se evalúen descontextualizados de las situaciones de enseñanza que los organizaron.
c. Que en las actuales circunstancias, la evaluación formativa requerirá mantener un “ida y vuelta” con devoluciones y retroalimentaciones por el GEM y otros medios dispuestos por la Institución.
Prácticas de escuelas técnicas
Se delega en la Dirección de Educación Técnica y Trabajo, la confección y emisión de una normativa específica que garantice para estudiantes de sexto año de escuelas técnicas, el cumplimiento a lo dispuesto en Resolución Nº 229-CFE-2014, respecto a la carga horaria mínima de prácticas para la acreditación de los espacios curriculares implicados en el Diseño Curricular, como un componente fundamental para la acreditación de sus trayectorias técnicas.
Fuente: Diario Los Andes